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Economía

Wizink tendrá que devolver más de 10.000 euros cobrados ilegalmente a un sevillano

Wizink tendrá que devolver más de 10.000 euros cobrados ilegalmente a un sevillano

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El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Sevilla ha condenado a Wizink a devolver a un socio de FACUA Sevilla todos los intereses que pagó de una tarjeta revolving por considerar que son usurarios. Son más de 10.000 euros.

José G.G., residente en la localidad sevillana de Camas, contrató en el año 1995 una tarjeta de tipo revolving con la entidad Citibank. Su contrato pasaría más tarde a Wizink. Posteriormente, el usuario descubrió que le estaban cobrando intereses excesivamente altos. En total, hasta 2017 había llegado a pagar 10.928 euros de intereses por encima del capital dispuesto. Cuando denunció, supuestamente, todavía tenía que pagar la cantidad de 6.429 euros. Comenzó entonces una batalla judicial.

Proceso

El afectado decidió dirigirse entonces a Wizink para solicitar una copia del contrato, que no le dieron en el momento de la firma, y poder comprobar así qué intereses que le estaban aplicando. A pesar de sus reiterados intentos, la entidad nunca llegó a facilitarle dicha copia.

Ante esta situación, José decidió acudir a FACUA Sevilla para que ejerciera acciones en defensa de sus derechos. El equipo jurídico de la asociación se dirigió a la entidad para instarle a que entregara la copia del contrato, con el fin de comprobar cuáles eran los intereses que le estaban aplicando al afectado.

La financiera, sin embargo, se negó a atender la reclamación de FACUA Sevilla, por lo que la asociación decidió acudir a tribunales para lograr que Wizink diera a conocer las condiciones del contrato y reembolsara al usuario las cantidades que le había cobrado de intereses, ya que entendía que podían ser usurarios.

Usura

En este sentido, el artículo 1 de la Ley de Represión de la Usura recoge que «será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino«.

De igual forma, se apoya en una sentencia reciente del Tribunal Supremo. Este organismos también ha dictaminado que se considerará usura los contratos de las tarjetas revolving con intereses «notablemente» superiores a la media de estos productos. «La concesión irresponsable de préstamos al consumo a tipos de interés muy superiores a los normales facilita el sobreendeudamiento de los consumidores y trae como consecuencia que quienes cumplen regularmente sus obligaciones tengan que cargar con consecuencias del elevado nivel de impagos«, añade.

El juez ha anulado el contrato por incurrir en usura

El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Sevilla ha fallado a favor de José. Condena a Wizink a devolver todas las cantidades que le cobró de forma indebida por la aplicación de dichos intereses. También, al pago de las costas. El juez declara nulo el contrato de la tarjeta por usurario. Además, considera que el denunciante no le debe nada a la financiera. La sentencia es demoledora contra la empresa.

En la sentencia, el juez indica que Wizink le trasladó uno de los anexos del contrato, donde aparecía que los intereses eran un TAE del 26,82 % y unos tipos nominales para compras y para disposiciones en efectivo y transferencias del 24 %. Para el magistrado, estos porcentajes eran muy altos.»Estimamos que debe entenderse que el interés fijado en el contrato litigioso es notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso y, por tanto, usurario«, afirma en la resolución.

Resolución

De igual forma, el juzgado también establece que «si el contrato que une a las partes es usurario, su consecuencia es la declaración de nulidad radical, con devolución, en este caso, por la demandada, de lo indebidamente percibido«.

El fallo, por tanto, declara «la nulidad del contrato de línea de crédito/tarjeta, por usurario«. Condena a Wizink «a reintegrar al demandante las cantidades satisfechas por él por conceptos diferentes al importe prestado«, así como «la imposición de costas a la parte demandada«.

La sentencia marca el camino a seguir por otros usuarios víctimas de esta empresa.

Periodista corresponsal de la Agencia EFE, El Correo de Andalucía, eldiario.es... entre otros medios. Cubre principalmente Huelva y Sevilla en varios medios radiofónicos y prensa digital.

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