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Marchena

La nueva ordenanza de comercio ambulante prevé multas de hasta 18.000 euros

Con la reciente publicación en BOP entra en vigor la nueva ordenanza municipal que regula el comercio ambulante en el mercadillo del jueves de la calle Madre de Dios aprobada en Pleno del Ayuntamiento de Marchena el 22 de mayo de 2015. Prevé infracciones leves de hasta 1.500 euros, graves de hasta 3.000 euros y muy graves de hasta 18.000 euros.
Ayuntamiento de Marchena
Prevé una comisión municipal que regule dicha actividad integrada por vendedores, los consumidores y la propia Administración Municipal cuyo dictamen no será vinculante. Tiene por objeto adaptarse a la Ley de Comercio Ambulante de Andalucía. Los servicios municipales competentes ejercerán la inspección y vigilancia.
Establece multas por no tener expuesta al público, en lugar visible, la placa identificativa y los precios de venta de las mercancías, no mostrar facturas y comprobantes de compra de los productos objeto de comercio o no tener las hojas de quejas y reclamaciones, así como el cartel informativo al respecto. También se podrá acordar la revocación de la autorización municipal, la incautación de la mercancía, los puestos, instalaciones, vehículos o cualquier medio.
Para el ejercicio de la venta ambulante en el mercadillo, se deberán cumplir como requisito estar dado de alta en el epígrafe o epígrafes correspondientes del Impuesto sobre Actividades Económicas, y encontrarse al

corriente del pago de las tarifas aplicables, estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social y al corriente del pago de las cotizaciones además de contar con una autorización municipal y carnet de manipulador de alimentos, entre otras.
Deberán cumplir las condiciones exigidas por la normativa reguladora de los productos objeto de la venta, y de forma muy especial de aquellos destinados a la alimentación, exponer la tarjeta municipal de vendedor en el mercadillo semanal y los precios de venta de las mercancías, que serán finales y completos y mostrar a la autoridad las facturas y comprobantes de compra de los productos objeto de comercio así como hojas de reclamaciones. También deberán emitir recibo de compra y ticket al cliente.
El Ayuntamiento autorizará cada una de las licencias de venta ambulante según criterios sociales como dificultades para el acceso al mercado laboral de los solicitantes, renta anual, personas a su cargo y no haber sido sancionado. Además se hará una bolsa de reserva de solicitantes y las solicitudes se resolverán en un máximo de tres meses.
Corresponde al Ayuntamiento de Marchena la determinación del número y superficie de los puestos para el ejercicio de la venta ambulante.
Se establece un horario de 9 a 13 horas, y deberá estar desmontado antes de las dos de la tarde, mientras que los vehículos deberán ubicarse fuera del espacio del mercadillo.

 

El Ayuntamiento podrá acordar, por razones de interés público y mediante acuerdo motivado, el traslado del emplazamiento habitual del mercadillo, comunicándose al titular de la autorización con una antelación de quince días. La nueva ordenanza prohíbe el uso de megafonía o fuente de ruido, el uso de elementos que dañen el pavimento, y se establecen 50 puestos y los comerciantes deberán seguir en todo caso las instrucciones
de los agentes de la autoridad, oídos los representantes de los vendedores ambulantes.

 

Periodista. Directora y editora de aionsur.com desde 2012. Corresponsal Campiña y Sierra Sur de ABC y responsable de textos de pitagorasfotos.com

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