Marchena
Marchena lanza un bando con las normas que regularán cotillones y fiestas navideñas
Marchena lanza un bando con las normas que regularán cotillones y fiestas navideñas. Las solicitudes deben ser presentadas antes del 10 de diciembre.
La alcaldesa de Marchena, María del Mar Romero, ha lanzando un bando con una serie de normas obligatorias para ser tenidas en cuenta por parte de los organizadores de cotillones y fiestas navideñas y de fin de año.
En dicho bando explican que dichas actividades precisan de una autorización especial. E incluye unprocedimiento de solicitud y otorgamiento lo marca el decreto de celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter extraordinario.
Este tipo de autorización corresponde a los ayuntamientos, razón por la que la autoridad municipal tiene que hacer públicas las condiciones con un bando, que la Policía Local ha publicado en su perfil de Facebook.
Solicitudes antes del 10 de diciembre
Las solicitudes deben entrar por registro municipal antes del 10 de diciembre. El escrito irá acompañado de los datos del promotor de la actividad. Tales como el domicilio fiscal, dirección de correo electrónico y domicilios a efectos de notificaciones. Además incluirá foto DNI y fotocopia del Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y certificado de estar al corriente del pago del mismo.
Los establecimientos que tienen ya licencia de apertura quedan exentos de obtener esta autorización municipal. Como pueden ser salas de fiestas, salón de celebraciones y discotecas, siempre que se realicen con las limitaciones que marca dicha licencia.
[piamonte]
Aun así los interesados deben aportar también documentación como el título de propiedad o contrato de arrendamiento. Y el certificado de revisión de la instalación eléctrica expedida por OCA en vigor (obligatorio cada cinco años). Además, solicitan para ellos el certificado de los medios de extinción de incendios, póliza de responsabilidad civil y copia del contratado de vigilancia y seguridad del establecimiento.
Con y sin licencia de apertura
Para los establecimientos sin licencia municipal de apertura los documentos a presentar son parecidos en parte. Se suman por ejemplo los que hay que presentar si la actividad supone un montaje con estructura para que sigan unas condiciones de seguridad determinadas en la licencia.
Entre otras consideraciones, el bando incluye que no se dará licencia a solicitudes presentadas fuera de plazo. Las entradas de los locales autorizados deben tener un cartel indicativo del aforo máximo permitido y dispondrán de botiquín o enfermería.
Asimismo, las entradas deben ser numeradas. No se permitirá el acceso de los menores de edad, salvo cuando van acompañados de personas mayores padre, madre o tuto legal y bajo su responsabilidad. El establecimiento debe disponer de cuartos de baño con respecto a su aforo.
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