Gelves
Los autónomos de Gelves tendrán ayudas de hasta 2.850 euros
El Ayuntamiento de Gelves ha informado de que en los próximos días abrirá el plazo de presentación de solicitudes para que empresarios y autónomos de la localidad puedan acogerse a las ayudas pertenecientes al Plan Contigo (líneas 7, 8 y 9 del Programa de Empleo y Apoyo Empresarial) de la Diputación de Sevilla.
Concretamente estas ayudas se podrán emplear en la creación y mantenimiento de trabajo autónomo – Línea 7 (500 euros), contratación de trabajadores – Línea 8 (2.850) y el mantenimiento de empresas- Línea 9 (500 euros).
Según aparece en las bases reguladoras, el abono de las ayudas concedidas se realizará a partir de la fecha de la resolución de concesión. Será en un solo pago, como pago previo anterior a la justificación. Será mediante transferencia bancaria y por el importe íntegro de su cuantía.
En cuanto a los REQUISITOS GENERALES son los siguientes:
- DESARROLLAR Y MANTENER LA ACTIVIDAD ECONÓMICA Y EL DOMICILIO FISCAL en Gelves.
- TENER LOCAL O ESTABLECIMIENTO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA en Gelves, salvo actividades que no la requieran.
- QUE SU ACTIVIDAD ECONÓMICA SE ENCUADRE DENTRO DE ALGUNOS DE LOS EPÍGRAFES RECOGIDOS DEL LISTADO DEL IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS.
- NO ENCONTRARSE INMERSA EN NINGUNA DE LAS CIRCUNSTANCIAS recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS con la Hacienda Estatal, de las obligaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social y de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Gelves.
Además, se contemplan una seria de REQUISITOS ESPECÍFICOS para cada una de las líneas mencionadas:
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Línea 7:
Creación: Haberse dado de alta en el RETA y en la Agencia Tributaria y mantenerse durante 12 meses. No haber estado de alta en el RETA durante los 3 meses anteriores al 25/10/2020.
Mantenimiento: Haber estado de alta en el RETA y en la Agencia Tributaria 3 meses antes 25/10/2020 (se declara el estado de alarma), manteniendo el alta en el IAE y el RETA, de forma ininterrumpida a la fecha de solicitud de la ayuda.
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Línea 8:
Contratación de personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo. Es durante un período mínimo de 3 meses ininterrumpidos e inmediatamente anterior a su contratación. Las contrataciones tendrán que haberse iniciado con posterioridad al 25 de octubre.
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Línea 9:
Encontrarse legalmente constituidas bajo las formas jurídicas contempladas en las bases, 3 meses antes del 25/10/2020. Además, mantener la actividad a la fecha de solicitud de la ayuda.
Para ampliar esta información o aclarar cualquier duda el respecto, pueden ponerse en contacto con el técnico encargado de estas ayudas, Rubén Raya Córdoba, en el mail rraya@ayuntamientodegelves.com.
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