Sucesos
Un juez permite por primera vez que una vivienda ilegal siga en pie aunque condene a su promotor
El titular del juzgado de lo penal número 4 de Sevilla ha condenado a un vecino de Arahal a seis meses de prisión por un delito urbanístico, al construir una vivienda de forma ilegal, con la particularidad de que le permite mantener la edificación para vivir debido a su precaria situación económica.
La sentencia, a la que ha tenido acceso AION SUR, absuelve a este vecino, aunque se refiere a toda su familia (matrimonio y dos niños menores), de tener que demoler la vivienda, ya que el magistrado ha considerado que aunque la casa se construyó en suelo no urbanizable, no sea demolida, en consideración a la precaria situación económica y social que padece y al no disponer de otra vivienda para habitar.
El juez entiende en la misma sentencia que el acusado cometió un delito contra la ordenación del territorio, penado en el artículo 319.2 del Código Penal, pero considera que «la demolición de la edificación construida resultaría desproporcionada, en atención a los graves perjuicios que se derivarían de la misma, tanto para el acusado como para su familia».
Entiende, de esta forma, que sobre todo los niños, de nueve y diez años de edad, «podrían quedar en una situación de desamparo, que obligaría a que los organismo competentes de la Junta de Andalucía se hicieran cargo de ellos, pudiendo provocar, con esta situación, la ruptura de la convivencia de la unidad familiar».
Así, aunque el Ministerio Fiscal solicitó la demolición de la vivienda, la defensa se opuso al entender que carecían de otra posibilidad de acceder a un lugar donde vivir, «por lo que la demolición de la edificación vulneraría el derecho fundamental a tener una vivienda digna, como proclama nuestra Constitución».
En este supuesto concreto ha quedado acreditado en el plenario del juicio que esta familia vive de manera real en ese inmueble y que los cuatros miembros de la familia están legalmente empadronados en ese domicilio.
También ha quedado acreditado que, según informes del propio Ayuntamiento de Arahal, que se les han tramitado salarios sociales, ayudas económicas familiares, programas de refuerzo de alimentación infantil, ayudas para compra de material escolar, solicitudes de trabajo a través de programas de empleo municipal, y ayudas de Caritas y de las hermandades de la localidad.
Todo ello porque el único sustento de la familia son 365 euros, que cobra el padre, procedente de una pensión no contributiva por invalidez de la Junta de Andalucía, mientras que el juzgado también ha tenido en cuenta la imposibilidad de adquirir una vivienda social por parte del Ayuntamiento de Arahal, en el caso de que se procediera a la demolición de la vivienda familiar.
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