Medio Ambiente
Jaedilla Ecologistas en Acción pide vigilancia para evitar la venta y uso de artículos pirotécnicos
A.I. @Arahal_Informa
La organización Ecologistas Jaedilla Ecologistas en Acción ha presentado para estas fiestas un escrito por registro municipal para que el Ayuntamiento de Arahal atienda la circular de la delegación del Gobierno de Andalucía sobre venta y uso de artificios pirotécnicos.
Los representantes de Jaedilla explican que en Arahal, sobre todo durante el periodo navideño, es tradicional el uso de estos productos pirotécnicos. Aseguran que, gracias a su labor y a la del grupo local de Asanda, “se ha visto reducido su uso en el tiempo, pues basta recordar que hace unos años se escuchaban las explosiones de estos productos con más de un mes de antelación al periodo festivo navideño”.
Sin embargo, concretan que también “se ha producido un repunte en el uso de estos productos, así como de su potencia, teniendo conocimiento que muchos de esos productos proceden de pirotecnias de la provincia”. Para la asociación, el uso y venta ilegal de productos pirotécnicos, “no sólo se está cometiendo una acción molesta para los demás, sino también ilegal, como así se recoge en esta Circular”.
Campaña policial
Desde que se publicó esta circular, la Policía local inició una campaña para acabar con la venta de material pirotécnico realizándose varias aprehensiones. No obstante, el jefe de la Policía Local, en su muro de Facebook, reconocía que esta labor valdrá de poco porque había padres que iban a otros pueblos de la redonda a comprar este tipo de material, citaba concretamente Utrera, su lugar de residencia. En esta entrada, pedía a las familias un poco de responsabilidad en lo que respecta a este tema.
La circular referida se publicó el pasado miércoles 17 de diciembre de 2014 en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) núm. En la misma se dice que “el uso de artificios pirotécnicos, en Navidad y otras fiestas populares, genera unos riesgos, tanto para el vendedor, particulares que lo manejan de forma esporádica y demás público expuesto por el uso de los mismos, que imponen una regulación que clarifique las condiciones y requisitos exigibles a los artículos de pirotecnia clasificados en el artículo 8.3 del vigente Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería como Categorías 1, 2 y 3 para su venta, almacenamiento y uso de dichos productos en la C.A.de Andalucía”.
De este modo, la Delegación del Gobierno estima necesario dictar una serie de instrucciones, contando con la plena colaboración tanto de los usuarios como de las autoridades implicadas, para alcanzar las garantías de seguridad que disminuyan al máximo cualquier clase de riesgo.
Las directrices establecen que estará “terminantemente prohibida la venta ambulante de productos pirotécnicos”, mientras que “la venta y puesta a disposición del público de artículos pirotécnicos se realizarán mediante locales de venta autorizados y por personas físicas o jurídicas autorizadas”. Además los artículos deberán estar catalogados. Para la venta y puesta a disposición del público tampoco podrán venderse estos artificios “a quienes manifiesten de forma clara que puedan encontrarse bajo los efectos de bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes”.
La unidad mínima de venta al público será el envase, prohibiéndose la venta de unidades fuera de él, mientras que los cohetes voladores sólo podrán venderse en paquetes debidamente protegidos. En cuanto a los artículos pirotécnicos de la categoría 3 sólo podrán venderse a mayores de 18años; los de categoría 2 sólo podrán venderse a los mayores de 16 años; y los de categoría 1 sólo pueden venderse a los mayores de 12 años. Por lo tanto se prohíbe la venta de artificios pirotécnicos a los menores de 12 años de edad.
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