Sucesos
Imputan a un coronel en Sevilla por abuso de autoridad a un mando inferior
Imputan a un coronel en Sevilla por abuso de autoridad a un mando inferior. Un tribunal militar de Madrid ha citado como investigado (antes imputado) a un coronel del Ejército de Tierra destinado en Sevilla tras la denuncia de un mando inferior contra él por presunto acoso laboral, por lo que se le imputa un presunto delito de abuso de autoridad.
Según el texto de la denuncia, ésta se ha presentado conforme al artículo 134 de la Ley procesal militar, especificando que el denunciante “ha actuado siempre en el desempeño de su cargo de forma diligente y con la exigencia que requiere, y debido a su diligencia y respeto a su cargo nunca ha recibido queja alguna respecto a su trabajo, es más, ha obtenido reconocimiento y consideración por todas sus tareas realizadas”.
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Sin embargo, desde la llegada a su acuartelamiento del Coronel denunciado, “se le ha realizado un control fuera de lo común sobre sus movimientos, así como de sus familiares y personas que le han visitado, algo que sale de lo normal, además sin queja o aviso previo que justifique estas acciones”, creando “un ambiente hostil, analizando cada uno de sus movimientos con el fin de desprestigiarlo y dañar a su honor”.
Así, se le achaca haber iniciado “una campaña de desprestigio, creando tensión el acuartelamiento, malestar e incluso enemistad, y toda esta situación obedece a un plan organizado en su contra, para así conseguir destruir su reputación, y el cese de sus cargos”, que incluyó “comentarios y acusaciones de todo tipo”.
En medio de toda esta situación, se le imputó un auto de diligencias previas por posible venta de material, liquidaciones de comida, posible uso fraudulento de las tarjetas de combustible, abuso de poder y posible aprovechamiento y uso de instalaciones, además de ser interrogado en una reunión que fue grabada, pero cuya grabación no se le ha querido proporcionar, según la misma denuncia.
Constitutivo de delito
La denuncia entiende que estos hechos pueden ser constitutivos de un delito de abuso de autoridad previsto en el artículo 45 del Código Penal Militar, que cita que “el superior que, abusando de sus facultades de mando o de su posición en el servicio, irrogare un perjuicio grave a un subordinado, le obligare a prestaciones ajenas al interés del servicio o le impidiere arbitrariamente el ejercicio de algún derecho será castigado con la pena de tres meses y un día a tres años de prisión.”.
La misma denuncia indica que el presunto abuso de poder no sería sólo contra el denunciando, “sino que sometía a tal a todos los subordinados que no estaban de su lado, destacando el trato que daba a una mujer militar de baja graduación.
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