Justicia
El TSJA desestima un recurso de apelación del PP de Marchena contra la convocatoria de un pleno por la tarde
El TSJA desestima un recurso de apelación del PP de Marchena contra la convocatoria de un pleno por la tarde. Fue en noviembre de 2017
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado un recurso de apelación interpuesto por Esther Álvarez, concejal del Ayuntamiento de Marchena, contra la celebración de un pleno en horario de tarde convocado el 20 de noviembre de 2017. Es la segunda vez que un juzgado desestima esta denuncia, la primera fue por sentencia del 9 de junio de 2018 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 10 de Sevilla.
Margen de discrecionalidad para la alcaldesa
El PP de Marchena denunció entonces al Equipo de Gobierno en primera instancia apelando al artículo 22 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Órganos de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Marchena (26 de agosto de 2008) que establece una previsión de celebración de los plenos ordinarios, el último viernes de cada mes, a las 10 horas en primera convocatoria.
[sarria]
No obstante, se introdujo una reforma aprobada en el Pleno de 17 de abril de 2012 por la que las convocatorias a partir del septiembre de 2016 ya no son ocasionales sino que obedecen a la voluntad única del Alcalde. Según esta modificación el alcalde presidente tiene “un cierto margen de discrecionalidad”.
Desde septiembre de 2017, la alcaldesa, María del Mar Romero, accedió a celebrar los plenos por la tarde, demanda continua de los grupos de la oposición hasta hoy día. Entonces, desde septiembre hasta noviembre, se celebraron cuatro plenos en dicho horario. Sin embargo, los populares decidieron recurrir uno de dichos pleno argumentando que era nula la convocatoria debido al horario elegido para hacerla. En el pleno recurrido se aprobaba la proposición de presupuestos de 2018 para Marchena.
600 euros en costas
Según figura en la sentencia, se desestima la demanda argumentando en esencia que la convocatoria del pleno y de la hora del mismo es competencia de la alcaldía. Es decir que la primera edil en este caso puede convocar otro día y hora si lo “estimase oportuno”.
La sentencia impone además el pago de las costas, 600 euros, a los demandantes. Actualmente los plenos se celebran a las 10:00 horas el último viernes de cada mes, situación que provoca casi en cada sesión las protestas de los concejales de los partidos de la oposición, además del PP, PA, IU y Ganemos Marchena.
- Arahalhace 3 días
La tasa de contagios de Arahal sube a 1.075,5 lo que supone el cierre de la actividad no esencial
- Arahalhace 2 días
Buscan en Arahal un Volkswagen negro por darse a la fuga tras golpear y dañar un coche
- Arahalhace 2 días
Denuncian el atropello a una menor en Arahal por un coche cuya conductora se fue sin atenderla
- Arahalhace 3 días
Fundación Cruz Blanca necesita mantas y edredones para su casa familiar de Arahal
- Paradashace 3 días
Paradas construirá un refugio de animales dentro de las inversiones del Plan Contigo de Diputación
- Mairena del Alcorhace 3 días
Reparto de 55 purificadores en centro educativos de Mairena del Alcor para prevenir la covid
- Sucesoshace 20 horas
El abuelo de Marta a los asesinos: “Que nos digan dónde está aunque sea con un anónimo”
- Sucesoshace 2 días
Dos detenidos por robar en una cafetería de Los Palacios y en varios vehículos