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Rodríguez Lobato denuncia al alcalde de Arahal y al arquitecto de la piscina cubierta ante la Fiscalía de Sevilla
La denuncia contra el alcalde es por “presuntos delitos de prevaricación y falsedad documental” y al director de obra por “falsedades contenidas en las certificaciones presentadas y abonadas por el Ayuntamiento»
Carmen GONZÁLEZ
Manuel Rodríguez Lobato, exconcejal de Obras del 2007 al 2011 (PSIA), ha denunciado ante la Fiscalía de Sevilla al alcalde de Arahal, Miguel Ángel Márquez (IU), por “presuntos delitos de prevaricación y falsedad documental” en referencia a la ejecución de la obra del Centro Deportivo Urbano, tipo 1 (piscina cubierta), realizada por la empresa I.S.T.E.M. S.L.U. Asimismo, denuncia también al arquitecto de la obra, Fernando Gallinato, por presunta “falsedades contenidas en las certificaciones presentadas y abonadas por el Ayuntamiento de Arahal”.
La denuncia ha sido presentada el 2 de enero ante la Fiscal Jefe de la Audiencia Provincial de Sevilla. Manuel Rodríguez Lobato era concejal cuando se inició la obra de la piscina el 26 de junio de 2009 y se mantuvo en el cargo hasta junio de 2011, cuando el PSIA, partido que representaba, pasó a la oposición. La primera suspensión de las obras se lleva a cabo un mes después de la cita electoral, el día 15 de julio de 2011 y no se reanuda hasta el día 21 de noviembre.
Desde que la obra sufre el primer parón, provocado por el cambio en el Equipo de Gobierno, comienzan los problemas. El primero se plantea cuando la empresa presenta un escrito el día 14 de marzo de 2012 en el que manifiesta “la existencia de incorrecciones en las certificaciones presentadas, una vez que algunas de ellas han sido incluso tramitadas, pagadas y justificadas ante la Junta de Andalucía”. En este sentido, asegura, que “el proyecto de reformado presentado constata que se han ejecutado partidas distintas de las previstas en el proyecto sin advertirse dicha circunstancia en la facturación”.
Dinámica delictiva
A partir de aquí, el Ayuntamiento, en un intento de que prosigan las obras, acuerda con la empresa su continuación hasta que se aprobase dicha modificación contractual, es decir, lo que comúnmente se denomina reformado, dar forma legal a trabajos que no se incluyen en el proyecto inicial.
El problema es que a estas alturas de la obra había ya muchos trabajos hechos fuera del proyecto inicial, cuando el orden legal es justo al contrario, es decir, primero debió aprobarse el reformado en pleno, con su respectivo proyecto y presupuesto, para después poder realizar el trabajo. Pero esto fue así desde el principio de la obra, por esta razón ya en los ejercicios de 2011 y 2012 se aprobaron consignaciones presupuestarías con la intención de que se diera cobertura a la modificación contractual del Centro Deportivo Urbano Tipo 1.
Para el denunciante “la falsedad documental pública o privada se produce al firmar el arquitecto director del proyecto certificaciones que simplemente corresponden a conceptos no ejecutados, a conceptos mal ejecutados o a conceptos o partidas no contempladas en el proyecto”. Considera que tal “dinámica delictiva confluye, determina y produce pagos ilegales del Ayuntamiento a la constructora que ha cobrado por lo que no ha hecho, por lo que ha hecho mal y por todo aquello que no formaba parte de la contratación pública con la administración”.
Desde principios de 2013 comienzan los trámites para la modificación contractual del proyecto del que se encarga en un primer momento el director de la obra, Fernando Gallinato. Este primer reformado contiene, según la denuncia presentada en Fiscalía, muchos errores, no sólo técnicos, sino de procedimiento legal. Por ejemplo, se realiza sin visa del Colegio de Arquitectos; el reformado se presenta “sin planimetría a escala” por lo que no se puede analizar; la memoria descriptiva no incluye las razones de los cambios que conllevan una repercusión económica importante.
Manuel Rodríguez Lobato expone en la denuncia que la autorización que realiza el alcalde sobre el modificado del proyecto “no se sabe a cuánto asciende” y, además, detiene los trabajos “a expensa de una auditoria por el plazo de un año”. Este plazo permite a la constructora iniciar un contencioso “contra el Ayuntamiento por el retraso”, lo que, según los informes del secretario, es la “causa última de la adopción de un acuerdo municipal que consagra el quebranto patrimonial en más de medio millón de euros”.
Variaciones técnicas realizadas y no explicadas en la primera modificación contractual
El denunciante, en el relato de las deficiencias técnicas de este primer informe, incluye datos concretos económicos de las variaciones realizadas y no explicadas. Este es el caso del incremento de 35.365 euros en una nueva solución constructiva que han derivado en los cambios de hormigón y aumento de las cuantías de hierro. También expone que no se justifica la demolición de una primera instalación y su nueva ejecución creando un precio contradictorio de 37.781 euros.
La denuncia se centra especialmente en el informe técnico en cuanto establece la falta de justificación de la dirección de obra en modificaciones de composición de la cubierta ligera del vaso de la piscina, de la desaparición de una de las deshumectadoras o de las partidas previstas para el proyecto sobre la instalación de una caldera.
Otros cambios importantes son los realizados en el equipo electrotécnico de baja tensión que aumenta en 64.990 euros, en el alumbrado cuyo presupuesto inicial es de 11.653 euros y pasa a 59.310 euros o en la instalación de energía solar con 29 partidas de obra nueva y un aumento sobre el proyecto de 28.927euros. Aunque no son las únicas.
El denunciante expone que la falsedad documental pública o privada “se produce al firmar el arquitecto director del proyecto certificaciones que simplemente corresponden a conceptos no ejecutados, a conceptos mal ejecutados o a partidas no contempladas en el proyecto”.
Sin embargo, existe otro informe del que se ocupa sobre la obra ejecutada en el que exponen que numerosas partidas del proyecto inicial “ha sido modificadas sin justificación alguna suponiendo una modificación particular o en su conjunto del precio final acordado” y alcanzado la existencia de 527.565,32 euros de contradictorios. Esta modificación no ha sido aprobada por el Ayuntamiento que, además, cuenta con informes negativos elaborados por los técnicos municipales.
Llegados a este punto, la denuncia especifica que la auditoría realizada por el arquitecto Víctor Baztán establece en 502.566,19 euros el “perjuicio patrimonial” por la diferencia entre lo que ha costado la obra (2.076.595,47) y lo que ha debido costar (1.574.029,28).
Perjuicio patrimonial
Para Rodríguez Lobato, es “clara y definitivamente prevaricador” el hecho de que la auditoría externa, encargada por el Ayuntamiento, pusiera de manifiesto que las incorrecciones en la certificación de obra ejecutada alcancen la cuantía de 558.317,23 euros. Y pone de manifiesto que la administración local sufrirá un “enorme perjuicio patrimonial” con el pretexto de las acciones contenciosa que la empresa presenta contra el Ayuntamiento.
En este sentido dice que el alcalde y quienes sean responsables “han zanjado la cuestión dejando una obra a medio terminar y compensando el hipotético resultado de unas acciones contencioso-administrativas contra el Ayuntamiento, con el crédito evidenciado de la Administración frente a una entidad que ha cobrado la totalidad del presupuesto y que no ha terminado la obra”.
En la exposición de motivos, el denunciante hace también referencia a los informes desfavorables del secretario ante el expediente de modificación contractual presentada en pleno en octubre de 2012. Entre las irregularidades que contempla el técnico municipal dice que “existen obras realizadas sin respeto procedimental, ni justificación de su fondo” y considera que los cambios introducidos respecto al proyecto inicial son “arbitrarios” y “sin control administrativo sobre la ejecución del mismo”.
Esta web se puso en contacto con el alcalde de Arahal que, de momento, no quiere hacer declaraciones al respecto.
La denuncia se presentará a primera hora de la mañana del día 3 por registro municipal.
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