Sucesos
Desmantelan un taller ilegal que ocupaba toda una nave de Castilleja de la Cuesta
Una operación conjunta de la Policía Local y la Guardia Civil de Castilleja de la Cuesta (Sevilla) desmanteló este miércoles un taller mecánico ilegal que ocupaba toda una nave de un polígono industrial, tras detectar la Policía en los últimos días actividad sospechosa en torno al mismo.
Fuentes policiales han informado de que desde hacía varios días se realizaba vigilancia en torno a la citada nave. Desde la misma se veía el habitual trasiego de coches. Así como personas relacionadas con un taller mecánico, pero sin constar que tuviese licencia alguna para ello.
Cuando los agentes accedieron en la tarde de ayer, comprobaron que había cinco personas trabajando sin contrato alguno, que en ese momento reparaban cinco vehículos. Además, en el suelo del taller había piezas, restos de aceite o vertidos… Sin que el establecimiento tuviese permiso alguno para la actividad.
Residuos a los contenedores
Además, la Policía había comprobado que desde el citado taller se usaban los contenedores de residuos orgánicos del polígono para tirar restos de piezas mecánicas y aceite, lo que supone un delito ambiental.
Por todo ello, el taller fue precintado y se llevó a cabo la correspondiente denuncia a sus responsables por distintas irregularidad.
Normativa
Antes de la apertura de un taller de reparación de automóviles, el titular del taller o su representante legal deberá presentar una declaración responsable en la que indique la clasificación del taller. También, que manifieste que cumple los requisitos establecidos en su normativa reguladora. Así como que dispone de la documentación que así lo acredita, que se compromete a mantener su cumplimiento durante la vigencia de la actividad… Y que se responsabiliza de que la ejecución de los trabajos se efectúa de acuerdo con las normas y requisitos que se establecen en su normativa reguladora.
Deberán comunicarse además, al órgano competente en materia de industria donde presentó la declaración responsable, las modificaciones de los datos recogidos en dicha declaración, así como el cese de su actividad. La comunicación deberá realizarse en el plazo de un mes desde que se produzcan las modificaciones o el cese de la actividad.
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