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Análisis

De hipotecas y otros adornos

Íñigo Núñez

Artificios del Lenguaje. Ya lo decían Daniel Kahneman (premio Nobel de Economía en 2002), Amos Tversky (psicólogo matemático) y Richard Thaler (premio Nobel de Economía en 2017): “Debemos tener cuidado con la forma en la que nos presentan la información porque tras el embalaje y artificios del lenguaje lo que se oculta, muy a menudo, sólo un intento de engaño”.

Es como el truco de desviar la atención jugando con las palabras, para que se crea que se hace algo y después se hace lo contrario o no se hace nada. Es como ese proverbio que dice “Cuando el sabio indica la luna, el necio mira el dedo”. Pues en esas estamos entretenidos en el envoltorio del maremágnum, sin prestar atención a los verdaderamente importante, al camino que seguirá toda esta corriente.

Resulta que se ha producido un revuelo en los últimos días con respecto al impuesto de las hipotecas y ha quedado evidenciado el mínimo conocimiento de los principios económicos que tienen muchos políticos y periodistas. Ante todo ¿Saben lo que es el impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados -AJD? ¿Saben acaso quién es el sujeto pasivo –obligado tributariamente- de este impuesto? Vamos a aclararlo.

Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados

El AJD está regulado por Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre (Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados). En dicho Decreto se sujeta a gravamen los actos jurídicos que se documentan (notariales, mercantiles y administrativos). En su artículo 29 dice: Será sujeto pasivo el adquirente del bien o derecho y, en su defecto, las personas que insten o soliciten los documentos notariales, o aquellos en cuyo interés se expidan”.

Y en el artículo 68 del Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo, por el que se desarrolla el Reglamento sobre este impuesto se establece en su segundo párrafo que: “Cuando se trate de escrituras de constitución de préstamo con garantía se considerará adquirente al prestatario”. Este párrafo ha sido motivo de la polémica y de la controversia pues fue anulado por sentencia de la Sección Segunda de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, (en contra de la jurisprudencia que se venía siguiendo desde el principio y que era lo lógico y normal), enmendándola el Pleno de dicha sala, el marte 6 de noviembre. Hasta aquí espero que me esté explicando, la controversia se produce en ver quien debe pagar realmente dicho tributo.

Como se ve en los artículos citados, y ocurre así en los países europeos donde se contempla esta tasa, abona el tributo quien adquiere el bien o la vivienda pues está inscribiendo a su nombre un documento y no al del banco. Sea de forma indirecta o directa lo abona el consumidor, el prestatario.

¿Quién recauda el impuesto?

Esa polémica encendida para ver quien debe pagar ese impuesto ha dejado en un segundo plano la corrección del mismo. No debemos olvidar que el citado impuesto lo recaudan las Comunidades Autónomas y, como he dicho en el anterior párrafo, es el propio consumidor, suscriptor de hipoteca, comprador de vivienda o prestatario, el que paga, el que ingresa en su Comunidad cuando firma la escritura en notaria. ¿Gana la banca? La banca no gana nada pues si ella paga, no se queda el importe de ese impuesto sino que lo tiene que ingresar, en nombre del cliente, en la administración pública competente.

Si la sentencia inicial de octubre se hubiese mantenido hubiese supuesto un desastre para las Comunidades Autónomas y no para los bancos (aunque sí es cierto que tendrían que haber recalculado ciertos costes) pues aquellas tendrían que devolver el importe del impuesto con efecto retroactivo (4 años atrás) lo que le hubiera supuesto un déficit enorme. Pero de eso no se habla, aunque la Ministra María Jesús Montero lo dejó más o menos claro. Otra cosa es la coherencia y la viabilidad de ese impuesto. La mejor manera de que no repercuta sobre los ciudadanos, sobre el consumidor, es eliminándolo pero apenas se escucha esta propuesta.

El importe de este impuesto varía desde el 0,5 % y el 1,5 % sobre la cantidad de la hipoteca. Resulta que España es el país europeo con mayor presión fiscal y concretamente Andalucía la comunidad que más impuesto paga. El AJD para los andaluces supone un 1,5 %. Para que nos hagamos una idea, para una hipoteca de 200.000 €, la cantidad ascenderá a 2.250 euros. Aragón, Andalucía, Comunidad Valenciana, Castilla y León, Cataluña, Galicia y Murcia tienen el porcentaje más alto.

Según algunos expertos en reclamaciones bancarias, este impuesto es el que supone una mayor cuantía en la firma de una hipoteca, ya que puede superar los demás gastos juntos. (Rondará sobre el 70 % de los gastos de constitución de una hipoteca.

[pnb]

España con el impuesto más alto de la UE

España es el país de la UE con el AJD más alto, por encima de Francia, Italia o Portugal, donde existe también este tributo y es el cliente quien lo paga. Sin embargo, hay otros países como Alemania, Reino Unido y Holanda, en los que no existe este impuesto, cuestión que se debería plantear profundamente pues es lamentable que una persona pague tributos por comprar una vivienda, de nuevo abone otra cantidad por transmitirla y, finalmente y esto es lo peor, vuelva a pagar cuando muere con el impuesto de sucesiones, sobre una vivienda que ya ha pagado todos tributos habidos y por haber.

Ciertas comunidades como Andalucía o Aragón subieron, en plena crisis económica, el AJD un 50 % (del 1 al 1,5 %) que aunque parezca poco supone un importante incremente en los ingresos por impuestos de la comunidad en cuestión y que repercute directamente en el bolsillo del contribuyente.

Fuego de Artificio

Después de todo el revuelo, con fuegos artificiales y corrigiendo al poder judicial que se supone independiente, el gobierno anunció que el contribuyente o consumidor, no volvería a pagar ese impuesto y que recaería todo en las entidades bancarias.

¿Creen ustedes que no repercutirá en el consumidor o cliente? Si realmente lo paga el que compra la vivienda pues está a su nombre el piso. Ahora os pido un poco de reflexión y os pongáis en la piel de un empresario. Cuando quiere vender un producto valora costes de producción, mantenimiento, transporte y demás, y lo compara con las posibles ganancias, antes de salir al mercado. Realiza un cuadro de análisis. Si le suben los costes por algún lado, subirá el precio del producto para que quede margen. Vamos con un ejemplo:

Si veis en una tienda este anuncio “Cocina completa, con montaje y transporte incluido por 1.000 €” ¿Creéis que no está incluido el transporte? ¿Creéis que el empresario pierde? Son estrategias de marketing que hacen atractivo el producto pero el consumidor final pagará ese montaje y transporte de la cocina. Así pasa con mucho productos y empresas. ¿Acaso creéis que no pagáis el IVA en los días sin IVA? Pues claro que se paga pero resulta que se le hace un 21 % de descuento al producto para que así pique la gente.

Pues con las hipotecas pasa lo mismo. El anuncio del gobierno hará que replanteen nuevas estrategias para vender el producto y sea al final el suscritor de la hipoteca quien pague el impuesto o incluso más. Subiendo el tipo de interés, la comisión de apertura o cualquier otro producto obligatorio. O incluso restringiendo la concesión de préstamos e hipotecas para clientes fieles y que tienen la garantía total de pago.

¿Un alto comisionado para evitar las cláusulas abusivas? ¿Otros puestos de confianza que paganos todos de nuestros bolsillos? Que yo sepa las clausulas suelo y las preferentes fueron retiradas y destruidas por los tribunales, dando la razón al contribuyente así que está ahí la justicia cuando es realmente necesaria no para meter la pata hasta el corvejón, tirando la jurisprudencia por tierra.

Letra pequeña

De hecho, con el anuncio de que los gastos del impuesto lo pagarán los bancos, también se ha anunciado la eliminación de las exenciones y bonificaciones para ciertos colectivos a la hora de solicitar una hipotecas. Minusválidos, personas víctimas de la violencia o familias numerosas no tendrán estos beneficios lo que supondrán una recaudación bestial para las comunidades autónomas en el tema de la hipotecas. Si lo quitan de un lado es seguro que lo pondrán por otro. Hablan que el contribuyente no pagará pero es seguro que lo hará al final. Las administraciones, los políticos o el estado es el que no pierde nunca con su afán recaudatorio, esquilmando siempre a los ciudadanos y consumidores finales.

Eliminación del impuesto

La manera más justa de afrontar esta polémica sería la eliminación de dicho impuesto, suprimirlo de una vez por todas. Pero, ¿por qué ningún político lo dice o lo propone? Pues porque no les conviene, a ellos les va más las alharacas, la prestidigitación, los anuncios a bombo y plantillo y desviar la atención para conseguir un puñado de votos. A ellos les gusta indicarle la luna al ciudadano para que se entretengan con el dedo mientras ellos gravan todo lo posible, exprimen los bolsillos del contribuyente.

Lo dicho, mucho anuncio y polémica, para cambiar al perro de collar y seguir ingresando a costa del ciudadano. ¿Para cuando la bajada o eliminación de impuesto? ¡Quién sabe!

 Íñigo Núñez es abogado y experto en financiación bancaria.

Periodista. Directora y editora de aionsur.com desde 2012. Corresponsal Campiña y Sierra Sur de ABC y responsable de textos de pitagorasfotos.com

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