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Sociedad

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Foto: A.I

El Juzgado de Primera Instancia 1 de Marchena ordena la restitución de 100.000 euros y las costas del juicio a dos ancianos de Arahal que habían invertido en preferentes

A.I. 

El Banco Santander ha sido condenado por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Marchena a restituir a Ana Martín y su nieta, ambas de Arahal,  los 100.000 euros que la entidad invirtió en preferentes de SOS Cuétara, más las costas del procedimiento.

Según informa a Europa Press, el Bufete Ortiz Abogados, que ha llevado el caso, el Juzgado ha estimado íntegramente la demanda de nulidad de contrato de compra de preferentes, realizado en noviembre de 2006, por vicio del consentimiento.

Paqui Rodríguez, hija de Ana, estaba hoy emocionada en su casa cuando Arahal Información la visitó para confirmar la noticia. “Cuando se lo he dicho a mi padre no se lo creía, estaba convencido de que había perdido el dinero del todo”, cuenta esta mujer que dice haber pasado mucho, sobre todo cuando tuvo que ir a declarar al juzgado y vio como una de las trabajadoras de la entidad bancaria, con la que tenía bastante confianza, negaba conocerla. Hace una año esta web le hizo una entrevista donde contaba todo lo sucedido y su denuncia.

Ahorros de toda la vida

Antonio Rodríguez y Ana Martín.

Los abuelos Antonio Rodríguez (82 años) y Ana Martín, (80 años) estaban muy afectados por la pérdida del dinero que habían conseguido ahorrar después de años de trabajo, primero como emigrante en Alemania (él) y después con un pequeño comercio de comestible.

Ninguno tenía conocimientos especializados en productos financieros y además padecen enfermedades graves preexistentes. La abuela fue con su nieta de 18 años al Banco, esta última no habían realizado nunca operaciones en bolsa o que entrañaran riesgo alguno. Únicamente la abuela disponía de un dinero a plazo fijo en el banco, que fue el utilizado para la compra de las preferentes.

Según el despacho de abogados, “ni la abuela ni la nieta acudieron físicamente a la sede de la entidad bancaria”, ya que todo se realizó a través de la hija y madre de ambas, Francisca Rodríguez, que actuó de intermediaria y que por “la relación de confianza que mantenía con gestora de clientes de la oficina, creyó que el producto que ésta ofrecía, era aconsejable y beneficioso”.

Francisca Rodríguez, que compareció como testigo en el juicio, relató que ella cogió la documentación que le ofreció la gestora de clientes y la llevó al domicilio materno donde abuela y nieta firmaron. Una vez cumplimentados los documentos, éstos fueron devueltos por el mismo proceso al banco.

El Banco no informó

Según la sentencia, abuela y nieta “nunca fueron informadas directamente sino a través de Francisca Rodríguez, que no tenía conocimiento de las características del producto complejo que iban a contratar, puesto que no dispusieron de un tiempo de reflexión, realizándose la información y compra en unidad de acto, lo que permite entender que no conocían la complejidad ni los riesgos del producto que se disponían a contratar”.

Aunque la sentencia reconoce que a todo ciudadano “ha de exigírsele una diligencia media en sus relaciones contractuales”, ante productos financieros complejos es la entidad “la responsable de suministrar una información completa, clara y eficaz tanto de las ventajas como de los riesgos asumidos”. De hecho, la sentencia señala que, si el banco hubiera informado correctamente, “no hubieran suscrito tal contrato”.

Este es el segundo caso conocido en Arahal en el que una entidad bancaria devuelve el dinero invertido por desconocimiento en preferentes. El primero fue el de Antonia Brenes que invirtió 30.000 euros en preferentes de Cajasol, hoy La Caixa. Durante todo el verano de 2012 se manifestó en la puerta del banco hasta que le devolvieron su dinero.

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