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APAS pedirá a la Junta la Protección Nacional para la aceituna mientras se tramita la IGP en la UE

C. GONZÁLEZ/F.CABANILLAS

Arahal (Sevilla)

Balón de oxígeno para la aceituna de mesa sevillana. Horas después de que el sector conociese anoche que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso de la Asociación Española de Exportadores e Industriales de Aceituna de Mesa (Asemesa) contra la inscripción de la aceituna en una Indicación Geográfica Protegida (IGP), por lo que el proceso sigue adelante, la Asociación para la Promoción de las Aceitunas Sevillanas (APAS) ha anunciado su próximo paso: pedir a la Junta de Andalucía la Protección Nacional Transitoria.

Se trata de una petición de especial importancia, ya que hará que se pueda usar la IGP en toda España, una vez que el TSJA ha rechazado las medidas cautelares. En esencia, es como la IGP pero sólo en territorio de las 52 provincias españolas, pero ya es un paso importante.

Lo ha dicho a AION SUR José Antonio Cruz, responsable técnico de APAS que ha considerado que el auto del TSJA que da la razón a su entidad «es super positivo, y supone que se abre un nuevo escenario para el proyecto».

Ha recordado que Asemesa se fue a la vía judicial «porque perdió todas las gestiones que realizó ante la Junta de Andalucía», para indicar que, en estos momentos, «el expediente está en la Comisión Europea, que ha realizado una primera valoración que nos han remitido y les hemos contestado, pero, mientras se pronuncia, en el nuevo escenario que ahora se plantea, podemos pedir a la Junta de Andalucía la Protección Nacional Transitoria, y se aprueba, a nivel nacional puede existir el Consejo Regulador y se puede poner en marcha a nivel nacional».

De esta forma, se ha felicitado de que, aunque sigue adelante el asunto en los tribunales y cabe un nuevo recurso, «no ha pasado como con la IGP de Aceites de Jaén, que enseguida a quien puso el recurso le concedieron la cautelar y paró cinco años todo el proceso hasta que la sentencia fue definitiva.

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Recurso para medidas cautelares

En el caso de la aceituna sevillana, el recurso fue presentado por Asemesa contra la Orden de 11 de mayo de 2016 de la Junta de Andalucía, por la que da luz verde a las solicitudes de inscripción de la Indicación Geográfica Protegida Aceituna Manzanilla de Sevilla, Aceituna Manzanilla Sevillana y de la Indicación Geográfica Protegida Aceituna Gordal de Sevilla y Aceituna Gordal Sevillana.

La asociación siempre ha sostenido que no está en contra de las figuras de calidad, pero sí del planteamiento de estas IGP por entender que «limitan y restringen derechos que pertenecen a todo el sector».

Además, incide en que estas IGP «pueden impedir que una parte muy importante de la producción pueda seguir usando en el etiquetado las denominaciones de Sevilla, Sevillana o Estilo sevillano», entre otras alegaciones.

El auto de los magistrados señala que la medida cautelar reclamada por Asemesa «es tanto como dejar en manos del recurrente la demora del procedimiento, que sería la auténtica ventaja; pero que nada tiene que ver con la finalidad legítima del pleito y supondría un perjuicio cierto y actual para los solicitantes y eventualmente para los consumidores», por lo que «procede denegar la medida cautelar solicitada».

La orden de la Junta fue publicada el 27 de enero de 2015, como primer trámite indispensable para continuar avanzando en la definitiva inscripción y reconocimiento de esta nueva mención de calidad alimentaria de Andalucía.

La Indicación Geográfica Protegida ‘Aceituna Sevillana’ ampara aceitunas verdes de mesa de las variedades Manzanilla y Gordal de las categorías ‘extra’ o ‘primera’, producidas y elaboradas en toda la provincia de Sevilla (105 municipios) y once municipios de la provincia de Huelva (Hinojos, Chucena, Almonte, Bollullos Par del Condado, Escacena del Campo, La Palma del Condado, Manzanilla, Paterna del Campo, Rociana del Campo, Villalba del Alcor y Villarrasa).

La Protección Nacional

Dentro del procedimiento de registro de una DOP o una IGP, es una protección de carácter voluntario, que pueden solicitar las agrupaciones de productores o transformadores a través de la Consejería correspondiente al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, una vez que la solicitud de registro haya sido transmitida a la Comisión Europea.

La ventaja es que aunque la DOP/IGP no esté registrada por la Unión Europea, goza de protección a nivel nacional, de forma transitoria hasta que se proteja a nivel comunitario.

La protección nacional transitoria cubre por tanto, el periodo desde la publicación en el BOE de la Resolución por la que se concede la Protección Nacional Transitoria, publicando el Pliego de Condiciones que ya ha sido publicado previamente en el Diario Oficial de la Comunidad Autónoma de que se trate, hasta que la Unión Europea aprueba la inscripción de dicha DOP/IGP en el registro comunitario.

Periodista. Directora y editora de aionsur.com desde 2012. Corresponsal Campiña y Sierra Sur de ABC y responsable de textos de pitagorasfotos.com

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