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Acuerdo para retomar el aforo completo en los estadios
El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud ha aprobado este miércoles por amplia mayoría, la prórroga de las medidas específicas frente a la COVID-19, adoptadas para el inicio de las competiciones deportivas de la Liga Nacional de Fútbol Profesional, la Liga de la Asociación de Clubs de Baloncesto (ACB), así como de otros eventos deportivos, que estarán en vigor entre el 1 y el 31 de octubre.
Tal y como figura en el Acuerdo, ha quedado fijado un aforo máximo del 100 % para eventos en recintos abiertos. Y un aforo máximo del 80 % para eventos en recintos cerrados, garantizándose siempre una distancia interpersonal mínima de 1,5 metros.
Los asistentes a los eventos serán preferentemente personas abonadas. Así como público local y los entrenamientos se realizarán preferentemente sin público. Y, en todo caso, con los límites del aforo máximo establecido.
El Acuerdo hace hincapié en que se reforzará la vigilancia del cumplimiento de la obligatoriedad del uso de mascarilla y el respeto a las indicaciones sanitarias. Así, no acudirán al evento deportivo las personas que presenten sintomatología compatible con COVID-19. Así como aquellas que se encuentren en aislamiento o en periodo de cuarentena por contacto estrecho con un caso de COVID-19.
Consumo de comida, bebida y tabaco
Con carácter general, no se permitirá la venta ni el consumo de alimentos y bebidas durante el evento deportivo. Del mismo modo, no se permitirá el consumo de tabaco y de productos relacionados, tanto en espacios interiores como exteriores.
El Acuerdo establece asimismo la recomendación de proporcionar ventilación natural de forma permanente en interiores. Y si esta no fuera posible, se utilizará ventilación forzada con el fin de obtener una adecuada renovación de aire.
Antes de la celebración del evento deportivo se comunicarán los detalles de acceso, franjas horarias, medidas de seguridad sanitaria y condiciones de admisión.
Aforo completo, medidas comunes y de mínimos
Las medidas contenidas en el Acuerdo, son comunes y de mínimos para todo el país para el periodo comprendido entre el 1 y el 31 de octubre, ambos inclusive y en la última semana de octubre se realizará una nueva evaluación de la situación.
Adicionalmente, las autoridades competentes podrán añadir otras medidas en base a la evolución de la pandemia, el impacto de las campañas de vacunación en la situación epidemiológica, y cualquier nuevo conocimiento que se genere sobre el control de la transmisión de SARS-CoV-2.
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