Arahal
El Ayuntamiento de Arahal pagará casi 5.000 euros a una vecina por una caída en la calle
La magistrada del juzgado de lo contencioso número 5 de Sevilla ha condenado al Ayuntamiento de Arahal a pagar 4.850,66 euros a una vecina de la localidad por las secuelas sufridas tras una caída en la vía pública, que la jueza considera que fue responsabilidad municipal por el mal estado del pavimento, en el que faltaban dos losas que provocaban un socavón.
Según se refleja en la sentencia y ha comunicado a Efe la abogado de la mujer, Concha López, su representada, F.P.G.A. caminaba por la Plaza de la Corredera de Arahal el 12 de enero de 2019 cuando tropezó y cayó al suelo como consecuencia del defectuoso estado de pavimento, al que faltaban dos losetas del acerado, que causan un desnivel que genera el tropiezo.
A causa del accidente y debido al intenso dolor, tuvo que ser trasladada al Hospital Virgen de Valme, donde fue atendida el mismo día de la caída por los servicios de Urgencias con el resultado de fractura del tobillo (arrancamiento del maleolo peroneo derecho).
La mujer planteó una demanda al Ayuntamiento por «negligencia en el cumplimiento de sus obligaciones de conservación, lo que supone un caso de mal funcionamiento del servicio público, pues permitió la falta de baldosas que causa el tropiezo de la actora, y ha sido la causa directa del daño personal sufrido”.
Su abogada presentó en el juicio una demanda en la que aportó, entre otras cosas, un informe de un arquitecto Técnico del. Ayuntamiento de Arahal, que avalaba su petición.
En el escrito de demanda, la abogada señalaba que «como consecuencia de todo ello se ha producido un evidente responsabilidad patrimonial por parte del Ayuntamiento de Arahal, consistente en los daños y perjuicios causados a la actora, evaluables económicamente conforme a la Ley 35/2015 de 22 de septiembre de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios en accidentes de tráfico, aplicable por analogía a la valoración de cualquier tipo de daño».
«La realidad del accidente es que la (…), por su edad, condición física y destreza no hubiese caído, con las consecuencias que ello ha implicado en su vida, de no haber sido por el mal estado de la calzada, en la que faltaban dos losetas. Teniendo en cuenta la envergadura del obstáculo, así como que mi mandante no caminaba ni rápida, ni distraídamente, la relación causa – efecto entre el estado de la calzada y la lesión causada a mi mandante, queda sobradamente acreditada».
Además, el informe médico acreditaba que “las lesiones temporales han tardado en lograr la estabilización 124 días, correspondiendo 48 días a perjuicio personal grave y 76 días a perjuicio personal moderado”.
Por todo ello, tras rechazar las alegaciones del Ayuntamiento de Arahal, ha sido condenado al pago de 2.044,78 euros, por 38 días moderados; 21 días básicos, con 652,05 euros, y por secuelas un total de 2.153,83.
La jueza no se pronuncia sobre las costas de la sentencia, que es firme, de modo que no cabe recurso contra ella.
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